Corte Constitucional reconoce el derecho a la eutanasia en Ecuador.

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La Corte Constitucional de Ecuador aceptó el pedido de Paola Roldán, quien busca acceder a la eutanasia y elegir el día de su muerte. Ella sufre esclerosis lateral amiotrófica.

La batalla legal de Paola Roldán terminó la tarde del 7 de febrero de 2024, cuando la Corte Constitucional ecuatoriana reconoció el derecho a la eutanasia. Lo hizo con una resolución del 5 de febrero, votada por siete de los nueve diputados. En el documento, la Corte Constitucional señaló que "declara la constitucionalidad condicionada del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP)".

En particular, declara que éste se ajustará a la Constitución siempre que: El médico en ejercicio cometa los actos previstos en el artículo 144 COIP , sin castigo. La persona da su consentimiento expreso, libre e informado (o a través de su representante si no puede darlo), solicitando el acceso al procedimiento de eutanasia en curso. La eutanasia activa se solicita en respuesta a un sufrimiento grave resultante de una lesión física grave e incurable o de una enfermedad grave e incurable. El reglamento también establece que “el Comisionado de Derechos Humanos deberá, en un plazo máximo de seis meses a partir de la fecha de publicación del presente reglamento, elaborar un proyecto de ley que regule los procedimientos de eutanasia de conformidad con lo dispuesto en el presente reglamento”. Además, el Ministerio de Salud tiene un plazo máximo de dos meses, a partir de la fecha de notificación de la normativa, para “expedir normas sobre los procedimientos para la aplicación de medidas voluntarias y voluntarias de eutanasia activa, teniendo en cuenta normas técnicas, técnicas y materias según reglamentos". con lo dispuesto en este reglamento.” La resolución "permanecerá en vigor hasta que se apruebe la legislación adecuada".

 




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