La Corte Constitucional de Ecuador aceptó el pedido de
Paola Roldán, quien busca acceder a la eutanasia y elegir el día de su muerte.
Ella sufre esclerosis lateral amiotrófica.
La batalla legal de Paola Roldán terminó la tarde del
7 de febrero de 2024, cuando la Corte Constitucional ecuatoriana reconoció el
derecho a la eutanasia. Lo hizo con una resolución del 5 de febrero, votada por
siete de los nueve diputados. En el documento, la Corte Constitucional señaló
que "declara la constitucionalidad condicionada del artículo 144 del
Código Orgánico Integral Penal (COIP)".
En particular, declara que éste se ajustará a la
Constitución siempre que: El médico en ejercicio cometa los actos previstos en
el artículo 144 COIP , sin castigo. La persona da su consentimiento expreso,
libre e informado (o a través de su representante si no puede darlo),
solicitando el acceso al procedimiento de eutanasia en curso. La eutanasia
activa se solicita en respuesta a un sufrimiento grave resultante de una lesión
física grave e incurable o de una enfermedad grave e incurable. El reglamento también
establece que “el Comisionado de Derechos Humanos deberá, en un plazo máximo de
seis meses a partir de la fecha de publicación del presente reglamento,
elaborar un proyecto de ley que regule los procedimientos de eutanasia de
conformidad con lo dispuesto en el presente reglamento”. Además, el Ministerio
de Salud tiene un plazo máximo de dos meses, a partir de la fecha de
notificación de la normativa, para “expedir normas sobre los procedimientos
para la aplicación de medidas voluntarias y voluntarias de eutanasia activa,
teniendo en cuenta normas técnicas, técnicas y materias según
reglamentos". con lo dispuesto en este reglamento.” La resolución
"permanecerá en vigor hasta que se apruebe la legislación adecuada".